Tras la resolución del Tribunal de Penas, 9 de Julio de Pasco llegó a los nueve puntos y son líderes en la zona A del torneo Apertura. El club patriota habían presentado una protesta considerando que Alem había incluido mal un jugador, que tenia 10 amarillas y debía cumplir una fecha. Ahora la tabla muestra arriba a 9 de Julio como líder con 9 puntos, seguido por Colón de Arroyo Cabral con 8, River Plate con 6, San Lorenzo de Las Perdices y Alem con 4.
A continuación la resolución:
CLUB F. C. Y B. LEANDRO N. ALEM – INSTITUCION: VISTO: LA PROTESTA PRESENTADA POR EL CLUB A. Y B. 9 DE JULIO CON FECHA 22/03/2018 POR LA INCLUSION DEL JUGADOR
PERERYRA AGUSTIN EDUARDO – CARNET Nro 7792 – EN EL PARTIDO DE PRIMERA DIVISION ENTRE LEANDRO N. ALEM Y A. Y B. 9 DE JULIO DISPUTADO EL DIA 15/03/2018 Y EL
DESCARGO PRESENTADO POR EL CLUB LEANDRO N. ALEM EL DIA 26/03/2018, SOLICITADO EN BOLETIN DE SANCIONES Nro 248/18.
CONSIDERANDO: 1) QUE EL DIA 15/03/2018 AL MOMENTO DE LA DISPUTA DEL PARTIDO DE PRIMERA DIVISION ENTRE LEANDRO N. ALEM Y A. Y B. 9 DE JULIO, EL JUGADOR
PEREYRA AGUSTIN – CARNTE Nro 7792 – SE ENCONTRABA INHABILITADO POR TENER PENDIENTE LA SANCION DE 1 (UNA) FECHA IMPUESTA EN BOLETIN DE SANCIONES
242/17, PORQUE DE ACUERDOA LOS ARTS. 124 Y 129 DEL R.T.P. LOS PARTIDOS DE CUARTA Y QUINTA DIVISION REPROGRAMADOS AL 16/12/2017 SE CONSIDERAN PARTE DE LA
JORNADA DEL 08/12/2017 DE LA QUE EL JUGADOR YA HABIA PARTICIPADO Y NO UNA FECHA DISTINTA COMO PRETENDE EL CLUB LEANDRO N. ALEM EN SU DESCARGO.
2) QUE LA PROTESTA DE PARTIDO FUE PRESENTADA EN TIEMPO Y FORMA POR EL CLUB A. Y B. 9 DE JULIO DE ACUERDO A LOS ARTS. 13 Y 14 DEL R.T.P. 3) QUE NO ES VALIDA
LA IMPUGNACION POR INHABILITACION DEL CLUB A. Y B. 9 DE JULIO POR INFRACCION AL ART 77 YA QUE EL PARTIDO FUE DISPUTADO EL DIA 15/03/2018 Y
SEGUN BOLETIN DE SANCIONES Nro 245/18, LAS INSTITUCIONES TENIAN HASTA EL DIA 16/03/2018 INCLUSIVE PARA REGULARIZAR LOS ARANCELES SOCIALES.
RESUELVE: 1) DAR POR PERDIDO EL PARTIDO AL CLUB LEANDRO N. ALEM POR INFRACCION AL ART. 107 INC. A DEL R.T.P., CON EL RESULTADO DE 0 A 1 A FAVOR DEL CLUB
A. Y B. 9 DE JULIO (ART. 152). 2) IMPONER AL CLUB LEANDRO N. ALEM LA MULTA DE PESOS QUINCE MIL ($15.000,00) CORRESPONDIENTE AL DERECHO DE PROTESTA,IMPORTE
QUE SERA DEVUELTO AL CLUB A. Y B. 9 DE JULIO (ART. 21). 3) NO IMPONER SANCION AL JUGADOR PEREYRA AGUSTIN (CARNET Nro 7792) POR ENTENDER ESTE TRIBUNAL QUE EL CLUB
ES UNICO RESPONSABLE SEGUN ART 216 DEL R.T.P.